“Jamás, jamás me rendiré, pese a un pequeño sector que quiere que estos temas sigan en el abismo del silencio y la indolencia”, trinó el 24 de junio de 2013 Gilma Jimenez, la reconocida defensora de los derechos de los niños abusados. En su apasionada tarea de impulsar la cadena perpetua, presentó iniciativas legislativas sin encontrar eco alguno en el Congreso, llegando luego hasta el tramite de un Referendo. Jimenez, ocupó escaño en el Senado luego de su paso por el Concejo de Bogotá. Sus planes políticos permitía descifrar su legitima aspiración a la alcaldía de la capital; situación que le acarrearía cierta insolidaridad en la defensa de sus humanistas ideales. Pero su propuesta de cadena perpetua vuelve a ser actual, a raíz de los últimos hechos criminales contra niños presentados con intensidad de rating por los medios televisivos, hasta el punto de lograr escandalizar y conmover a la sociedad que clama por la prisión perpetua para victimarios como salida salvadora. El entonces candidato del Centro Democrático y actual Presidente de la República de Colombia Ivan Duque, ha prometido en el discurso de posesión, que no se detendrá hasta lograr la aprobación de la cadena perpetua para los violadores de niños, los proxenetas, y para las conductas delictivas relacionadas con las mujeres.
La Constitución de Colombia del 91 es clara: En nuestro régimen de derecho no habrá penas imprescriptibles. Como el tema además de jurídico es de alto impacto social, político, económico y cultural, acudimos en forochat DOMINICAL a los conceptos no solo de renombrados constitucionalistas, sino también de estudiosos de otras áreas del conocimiento con visiones más dinámicas, que den cuenta de tan compleja propuesta y de su real camino que vislumbre su viabilidad. Aquí los tenemos en forochat.com.co
JHON LENIN PUMAREJO
Licenciado en Ciencias Sociales de la Universidad de Antioquia, Historiador de la Universidad Nacional de Colombia. Es miembro de Número del Centro Independiente de Estudios Colombianos CIEC
En la sociedad del siglo XXI, hablar de cadena perpetua así sea para delitos tan repugnantes como lo son los de violencia sexual contra niños y adolescentes, es de cualquier manera el regreso a las practicas peligrosisitas del modelo de administración de justicia propias de las sociedades premodernas. Esas practicas funestas que equivocadamente se creían superadas.
La historia de la mal denominada política criminal en Colombia, siempre ha radicado en el escarmiento a través del aislamiento recurrente y deprimente, con la negación del derecho a la libertad como premisa liberal. Y la única opción posible de corrección entonces, es la del encierro y más encierro, renunciando irracionalmente a opciones más audaces de medidas que representen un aporte de clara utilidad y redención social. Una que no hemos ensayado, podría ser la de aportar por ejemplo a la reparación mediana del daño, - así sea material-, despojándoles de bienes que en muchas ocasiones son el medio para acceder, someter, deslumbrar a un segmento de victimas que llevan una vida en precariedad. Complementariamente, un direccionamiento restrictivo de la libertad con internamiento para el trabajo en granjas productivas y escuelas de artes y oficios.
Desde la época de la inquisición en Cartagena, la iglesia dejó su oscura herencia monástica del encierro y otros suplicios como castigo inclemente y de dura expiación. La relación ciega entre castigo-encierro, es precisamente el coletazo clerical-conservador-uribista que representa la era del gobierno Duque, con su consistorial propuesta de cadena perpetua para violadores. Es el retorno del escarmiento calvinista de la "regia sociedad santafereña", que legitima como opción mercantilista tan propia de las economías de libre mercado, la aplicación de una solución final: la segregación definitiva de los condenados a ser malos mediante el encierro sin final. Esa es la manera de ocultar en la oscuridad eterna mayores pecados: los de una sociedad estúpida e infinitamente precaria, que opta por renunciar a la mínima afectación de la libertad, con la pretensión de ocultar su absoluta incapacidad de plantear soluciones sociales a problemas sociales. Se responde de alguna manera con otra modalidad de la Ley del Talión.
DOMINIK DE MARIA
Abogado Universidad de Antioquia., Especialista en Derecho Financiero y de los Negocios U. P. B., analista constitucional, y creador en Facebook, de los grupos Sociedad Abierta y No más Dictaduras
El principio de la proporcionalidad de las penas respecto de los delitos, informa los sistemas penales propios del Derecho Penal Demoliberal y Moderno desde la propia Ilustración, tal cual fue concebido tal principio, por el ilustrado italiano, Cesare Beccaria, en su magna obra De los delitos y de las penas de 1764, y que ciertamente se cristalizó en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, proclamada por la Asamblea Nacional Constituyente francesa el 26 de agosto de 1789, cuyo artículo 8 dispone que “La ley no debe imponer otras penas que aquéllas que son estricta y evidentemente necesarias …” De manera que para poder fundamentar y legitimar una pena tan gravosa como la cadena perpetua, se debe primero justificar que el delito que con ella se pretende castigar, es tan grave como la pena correspondiente. Sin duda alguna los delitos sexuales y los homicidios contra niños podrían ser concebidos como grandemente graves, y por tanto merecedores de una pena del calado de la cadena perpetua. Sin embargo, los sistemas penales existen ante todo en función de la resocialización de los criminales, lo cual dejaría sin piso la legitimidad de la cadena perpetua. Por otro lado, en el caso de conseguir el establecimiento de la cadena perpetua en los casos señalados, existiría el peligro de extender en grado sumo el ámbito del sistema penal, aumentando no sólo el alcance y la duración de las penas, sino también estableciendo más y más delitos. En todo caso, creo que toda configuración legal de orden penal debe regirse por los principios y valores de una Sociedad Abierta, Libre y Pluralista, fundada en la Dignidad Humana, tal cual lo exige un Estado Constitucional y Democrático de Derecho.
Recientemente el papa Francisco modificó la doctrina social católica sobre la pena de muerte, condenándola de manera absoluta, en función, obviamente, de la concepción sagrada que la Vida tiene para la Iglesia Católica. Si bien castigar con toda contundencia los delitos contra los niños resulta, ciertamente, en alguna medida legítimo, las Sociedades Demoliberales como la colombiana (hoy día Holanda tiene sus cárceles vacías), deberían descriminalizar el narcotráfico, y reducir las cárceles y prisiones, que son, sin duda alguna, escuelas para el crimen, que seguramente incentivan también los delitos contra los niños. Finalmente, aunque no estoy completamente seguro de que la cadena perpetua sea la medida indicada respecto de los delitos sexuales y de homicidio en contra de los niños, sí estoy seguro de que se debería establecer tal pena en contra de los delitos de terrorismo, tortura, genocidio, y otros crímenes similares.
CARLOS ANDRÉS ECHAVARRÍA BLANDÓN
Es Ingeniero Civil de la Universidad Nacional, Especialista en Gestión Empresarial de la Universidad Santo Tomás, Creador de empresas y líder en emprendimiento con amplio reconocimiento público y privado en razón de sus Asesorías e interventorias
Las condenas dentro un sistema penal, están ideadas para disuadir a los delincuentes en la ejecución de los delitos, pero solo son efectivas cuando la justicia es eficiente y eficaz, y cuando se cuenta con un aparato policial, y un cuerpo técnico de investigación capaz, que permita que los delincuentes sean detenidos y posteriormente procesados.
Lastimosamente en Colombia, el problema de raíz no es la falta de penas altas. Tenemos algunos casos donde la condena puede llegar a los 60 años, lo que técnicamente ya es una cadena perpetua. Pero lo critico es cuando el porcentaje de impunidad es superior al 90%, que puede significar que los delincuentes no le temen a la justicia, y en el caso de ser detenidos, las prebendas son tan elevadas que cuentan con ellas para no responsabilizarse de su delito, dejando en la mayoría de los casos un sinsabor de peligro en las victimas.
Un preso en promedio en Colombia tiene un costo mensual para las arcas del Estado de $1.500.000.oo. Si las penas son de cadena perpetua, las cuales serían en promedio unos 60 años (penas que ya existen), ese preso nos cuesta en impuestos $ 1.080.000.000. Solo con mil de ellos, tendríamos que destinar en impuestos un billón de pesos, dinero que nunca retornará ya que no es una inversión, es solo un gasto perpetuó.
¿Porqué en vez de pensar en cadena perpetua, la cual generaría un cambio de la constitución, no se comienza a hablar de la pena capital para delitos específicos?. ¿Por qué está permitido el aborto, - el cual es un asesinato de un inocente -, y no la pena de muerte para un delincuente condenado?. ¿Por qué no se habla de la pérdida de Derechos de las personas que no respetaron los Derechos de otros?.
FRANCISCO ZAPATA VANEGAS
Abogado Constitucionalista Universidad de Antioquia Universidad Autónoma, Docente Universitario, Director Escuela del Buen Vecino
La ineficacia de la política criminal que ha caracterizado a Colombia, ha dado lugar al "populismo punitivo". El planteamiento de la Cadena Perpetua para ciertos delitos con excepcional impacto en la sociedad, sobre todo los que victimizan a los niños y a las mujeres, ha originado un cierto beneplácito social, pero a la par cierto desconcierto y creciente rechazo por parte de la academia y los gremios judiciales y del derecho. No niego que para el Congreso sea una excelente oportunidad para agradar a la galería, además porque no resta votos. Las elecciones 2019, precisan de nuevas estratagemas, así se mantenga el estado de cosas inconstitucionales.
En un medio radial escuche a un legislador refiriéndose a lo sencillo que resultaría reformar la carta política simplemente cambiando una o dos disposiciones para introducir la Cadena Perpetua. Discrepamos de esa posición un tanto alegre e irresponsable, de llegar a pensar que solo basta con un "brochazo" al articulo 34 de nuestro Estatuto Fundamental. Desde la visión estrictamente constitucional, la pretensión de perpetuar la pena es inviable. La prescriptibilidad de la pena es fundante y garantista de nuestro ordenamiento superior, constituye y nutre de armonía integral nuestro ordenamiento constitucional claramente presente desde el Preámbulo, la principialistica, y todo el conjunto de nuestros valores supremos. Nuestros principio rector que ilumina y funda todo el orden superior es el de la Dignidad Humana, y para el caso referido, queda claro que en Colombia no habrán penas imprescriptibles. Estamos en los tiempos del garantismo y la plena vigencia de los Derechos Humanos, que en el caso de Colombia no es de observancia discrecional sino obligatorio en tanto estamos integrados al Bloque de Constitucionalidad. Somos Estado constitucional y social de derecho con la apuesta por la plena vigencia de la triada: igualdad - justicia - y libertad, a fin de superar el simple igualitarismo liberal. No debemos confundir a la opinión pública con simple estrategia mediática. Contamos con penas muy abultadas, hay que aplicarlas y atacar la impunidad. Hablar entonces de Cadena Perpetua es simple "demagogia punitiva", es desdibujar nuestra tradición de Estado Social y Democrático de Derecho.
La creciente impunidad, la ineficacia de la política criminal, y la delirante inseguridad que impera en las calles, ha llevado a creer equivocadamente que solo basta con más leyes y con aumento de penas. El problema medular radica en una acertada técnica legislativa, una eficaz política criminal, y, por supuesto: a no renunciar a la resocialización de esta clase de infractores.